Guía Definitiva 2025: Cómo declarar los ingresos de tu alquiler en la Renta

  • hace 8 horas

La declaración de la Renta puede parecer una montaña, especialmente cuando tienes un piso alquilado. ¿Qué ingresos declaro? ¿Qué gastos puedo deducir? ¿Estoy pagando de más? Son dudas que asaltan a cualquier propietario.

No te preocupes. Hemos creado esta guía definitiva y actualizada a 2025 para explicarte, de forma clara y sencilla, cómo declarar los ingresos de tu alquiler correctamente y, lo más importante, cómo optimizarla para pagar solo lo justo.

1. ¿Qué Ingresos Debes Declarar? El Rendimiento Íntegro

Lo primero es lo más sencillo. Debes declarar todos los ingresos que has recibido del inquilino durante el año fiscal. Esto es, la suma de las 12 mensualidades de la renta.

  • Ejemplo: Si alquilas tu piso por 1.000 € al mes, tu rendimiento íntegro anual es de 12.000 €.

Este es tu punto de partida. Ahora viene la parte más importante: la de restar gastos para reducir la cantidad sobre la que pagarás impuestos.

 

2. La Clave de Todo: Los Gastos Deducibles

Aquí es donde puedes ahorrar mucho dinero. La ley te permite restar una gran cantidad de gastos asociados a la vivienda alquilada. ¡No te dejes ni uno!

Principales Gastos que Puedes Deducir:

  • Intereses de la Hipoteca: Si tienes una hipoteca sobre el inmueble alquilado, puedes deducir los intereses que has pagado durante el año, así como otros gastos de financiación.
  • Impuestos y Tasas: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), la tasa de basuras y cualquier otro impuesto o tasa municipal son 100% deducibles.
  • Gastos de Comunidad: La cuota mensual o anual de la comunidad de propietarios es un gasto deducible.
  • Gastos de Conservación y Reparación: Pintura, arreglos de fontanería, reparaciones de electrodomésticos… Todo lo que sea para mantener la vivienda en buen estado es deducible. (Ojo: las mejoras que aumentan el valor o tamaño del inmueble no, esas se amortizan).
  • Seguros: El seguro de hogar, el seguro de impago de alquiler o cualquier otra póliza relacionada con la vivienda.
  • Suministros: Si como propietario pagas algunos de los suministros (agua, luz, gas), puedes deducirlos.
  • Amortización del Inmueble: Este es un gasto “virtual” muy importante. Puedes deducir el 3% del valor de construcción de la vivienda (el valor catastral de la construcción). Es un gasto que tienes aunque no lo hayas pagado directamente ese año.
  • Amortización de Muebles y Enseres: Si alquilas el piso amueblado, puedes deducir el 10% anual del valor de los muebles y electrodomésticos.

 

3. El Gran Beneficio Fiscal: La Reducción del 60%

Una vez has restado todos los gastos deducibles a tus ingresos, obtienes el “rendimiento neto”. Pues bien, si la vivienda se alquila como vivienda habitual para el inquilino, tienes derecho a una reducción general del 60% sobre ese rendimiento neto.

Esto reduce drásticamente la cantidad por la que finalmente tributarás.

 

4. Caso Práctico: Un Ejemplo Real

Imaginemos que tienes un piso en Madrid.

  • Ingresos brutos anuales: 1.000 €/mes * 12 = 12.000 €
  • Gastos Deducibles Anuales:
    • Intereses de la hipoteca: 1.500 €
    • IBI: 400 €
    • Comunidad: 600 € (50 €/mes)
    • Seguro de hogar: 250 €
    • Reparaciones (pintura): 500 €
    • Amortización del inmueble: 1.200 €
    • Total Gastos Deducibles: 4.450 €

Ahora calculamos el rendimiento neto:

  • Rendimiento Neto: 12.000 € (Ingresos) – 4.450 € (Gastos) = 7.550 €

Y ahora, aplicamos la magia de la reducción del 60%:

  • Reducción del 60%: 7.550 € * 0,60 = 4.530 €

Finalmente, calculamos la base imponible del alquiler:

  • Rendimiento Neto Reducido (Lo que va a la base imponible): 7.550 € – 4.530 € = 3.020 €

Como ves, de los 12.000 € que ingresaste, ¡solo tributarás por 3.020 €!

 

5. Las Casillas Clave en tu Declaración

Para que no te pierdas, estas son las casillas más importantes que debes buscar en el borrador de la Renta relacionadas con el alquiler:

  • Casilla 0102: Aquí pones los ingresos íntegros.
  • Casillas 0104 a 0118: Aquí se desglosan todos los gastos deducibles.
  • Casilla 0150: Aquí se aplica la reducción del 60%.

 

¿Te parece complejo? Tiene una solución sencilla.

 

Como has visto, la gestión fiscal del alquiler tiene sus detalles y requiere llevar un control exhaustivo de los gastos para no pagar de más. Si prefieres olvidarte de todo esto y simplemente recibir tu renta garantizada el día 10 de cada mes, en youhomey tenemos la solución.

Nosotros asumimos todos los riesgos y complejidades para que tú solo tengas una preocupación: decidir en qué vas a disfrutar tu dinero.

Preguntas Frecuentes sobre la Declaración del Alquiler

No declararlo es una muy mala idea. Hacienda dispone de hasta 4 años para revisar tus declaraciones y cruza datos constantemente (fianzas depositadas en la comunidad autónoma, declaraciones de tu inquilino, etc.). Si te descubren, la sanción puede ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad no declarada, además de los intereses de demora. También perderías el derecho a la importantísima reducción del 60%.

 

No exactamente. Los gastos se deducen de forma proporcional al tiempo que la vivienda ha estado alquilada. Por ejemplo, si tu IBI anual fue de 400 €, solo podrás deducir la parte correspondiente a esos 8 meses. Lo mismo ocurre con gastos como la comunidad o el seguro. Los gastos puntuales que ocurrieron durante el periodo de alquiler (una reparación, por ejemplo) sí son 100% deducibles.

¡Atención, porque esta es una de las novedades más importantes! Con la nueva Ley de Vivienda, las reglas han cambiado para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2024:

  • La reducción general pasa a ser del 50% sobre el rendimiento neto.

  • Existen reducciones mayores (60%, 70% y 90%), pero están condicionadas a que la vivienda se encuentre en una “zona de mercado residencial tensionado”.

A día de hoy, la Comunidad de Madrid no ha declarado ninguna zona como tensionada. Por lo tanto, en la práctica, para la mayoría de los nuevos contratos en Madrid, la reducción aplicable será del 50%.

Importante: Los contratos de alquiler firmados antes del 1 de enero de 2024 podrán seguir aplicando la antigua reducción del 60% hasta que finalicen.

 

Los ingresos que recibes por el alquiler de una vivienda de tu propiedad se consideran siempre rendimientos del capital inmobiliario. Debes incluirlos en esa sección específica de tu declaración de la Renta, nunca como rendimientos del trabajo.

 

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